A la vista de la situación actual del mercado así como de las continuas modificaciones legislativas
operadas en este ámbito, es necesario e imprescindible, para cualquier empresa que quiera
resultar competitiva, adaptarse con rapidez y eficacia a los cambios operados.
Siendo conscientes de todo ello, es nuestro compromiso asesorar de forma ágil y eficaz a todo tipo de sociedades mercantiles tanto públicas como privadas, en materia de constitución, disolución y liquidación de sociedades, asistir a Juntas General y Consejos de Administración, negociar y elaborar cualquier tipo documentación societaria, ya sean, estatutos, acuerdos de socios, reglamentos de régimen interior o impugnar acuerdos societarios.
Capítulo aparte, y especial mención, merece nuestra amplia labor y experiencia en cuanto al asesoramiento en materia de responsabilidad de administradores, siendo este uno de los aspectos fundamentales de nuestra labor en materia societaria.
Responsabilidad civil, derecho inmobiliario y de la construcción, desahucios y reclamaciones de rentas, derechos reales, contratos civiles.
En nuestro compromiso de ofrecer un asesoramiento integral tanto a particulares como a empresas, no podemos obviar nuestra gestión, entre otras, en materias de responsabilidad civil contractual y extracontractual, derecho inmobiliario y de la construcción, desahucios y reclamaciones de rentas, derechos reales o redacción, revisión y asesoramiento en contratos civiles.
Es amplia y dilatada nuestra experiencia asumiendo la dirección Jurídica y asistencia letrada en tanto en procedimientos judiciales civiles, ya sean monitorios, cambiarios, verbales, ordinarios o ejecución de sentencias, como ante la jurisdicción mercantil en materia de responsabilidad de administradores.
Es evidente la importancia que el derecho concursal ha ido adquiriendo en los últimos tiempos.
Son muchas las entidades que se ven abocadas a la situación pre/concursal como consecuencia de
la fuerte recesión económica que sufrimos desde hace ya algunos años. Nuestra labor en este
campo del derecho, no se limita a la llevanza de distintos concursos de acreedores a través del
nombramiento como administradores concursales por distintos Juzgados de lo Mercantil en todo
el territorio nacional.
Nuestro asesoramiento se extiende a las empresas en situación de insolvencia, focalizando
nuestro esfuerzo en el régimen de responsabilidad de los administradores societarios. Igualmente,
prestamos nuestros servicios en procesos de restructuración empresarial al objeto de evitar la
necesidad de acudir al procedimiento concursal voluntario, no obstante, si éste fuese la solución
final, nuestro ámbito de actuación procesal es integral: se inicia con la presentación del mismo, y
abarca a todas la fases del procedimiento concursal; hasta su conclusión, bien por convenio, bien
por liquidación.
Tenemos exitosos métodos en las reclamaciones de deudas, recobro de cantidades y análisis de los antecedentes de cada asunto que se nos encomienda.
En lo que respecta a la recuperación de créditos en estricto sentido, (en la que contamos con una amplia y sólida cartera de cuentas de ámbito regional y nacional), una vez que el cliente nos encomienda la llevanza de un asunto, las primeras gestiones que realizamos son de carácter extrajudicial. Es decir, enviamos comunicaciones de recobro al deudor y realizamos llamadas telefónicas y visitas presenciales al mismo de cara a obtener un recobro rápido de la deuda, y así poder conseguir tanto una visión clara de cuál es la situación real del deudor como un informe de su solvencia y, en función de los resultados de las gestiones de recobro extrajudicial realizadas, trasladamos al cliente la conveniencia o no de iniciar la vía judicial a través del procedimiento adecuado.
Profundizando en los exitosos métodos que seguimos en las reclamaciones de deudas y recobro de cantidades, el análisis riguroso de los antecedentes de cada asunto que se nos encomienda, así como el conocimiento minucioso de las aspiraciones de nuestros clientes y el estudio de las situaciones procesales y de hecho que afectan a los contrarios nos permiten, además, proponer soluciones alternativas, que difícilmente pueden ser tenidas en cuenta en otros supuestos.Asimismo, el inicio de la vía judicial inmediata no impide, en ningún caso, la renuncia al mantenimiento de una seria y leal negociación con el contrario durante toda la vigencia del conflicto que permita su definitiva solución.